/ miércoles 25 de noviembre de 2020

Dos alcaldes inauguran la lista negra de agresores

El registro nacional de personas sancionadas por violencia política contra mujeres se estrenó ayer

Un presidente municipal y un exalcalde inauguraron el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

A través de su página web, el Instituto Nacional Electoral (INE) abrió a la ciudadanía dicha lista, en la que por ahora figuran los nombres de José Alejandro Ochoa Valencia, expresidente municipal de Colón, Querétaro; y de Felipe Mora Hernández, alcalde de Calakmul, Campeche, que cometieron violencia política a mujeres.

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Se entiende por violencia política por razones de género a todas las acciones, incluida la omisión y tolerancia, que limite o anule el acceso de las mujeres a sus derechos político-electorales (como puede ser una candidatura) o le impida realizar su labor como funcionaria pública por el simple hecho de ser mujer.

La plataforma, que concentra y organiza el listado de personas sancionadas, detalla que Ochoa Valencia estará inscrito en la lista por cuatro años.

Ello tras una denuncia promovida por una diputada local del Distrito XI, donde expuso que el edil difundió mensajes en sus redes sociales haciendo alusión a su persona para denostar y descalificar su trabajo como legisladora.

El Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) resolvió que, en efecto, Ochoa Valencia había ejercido violencia en razón de género contra la diputada, por lo que le ordenó que se abstuviera de realizar actos y difusiones en redes sociales y medios de comunicación que tuvieran el objeto de “molestar o causar un daño” para obstaculizar el trabajo de la legisladora panista.

En el caso de Mora Hernández, el alcalde incurrió en violencia política de género contra una síndica jurídica de Morena, por lo que el Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) resolvió que el edil debía ofrecer una disculpa a la agraviada y ser inscrito en la lista de sancionados.

El Registro tiene por objeto compilar, sistematizar y, en su caso, hacer del conocimiento público la información relacionada con las personas que han sido sancionadasINE

“Inscríbase al ciudadano Luis Felipe Mora Hernández, en el registro de personas que hayan sido sancionadas por violencia política en razón de género, por la temporalidad de cuatro meses”, se lee en la resolución del órgano electoral.

A partir del 7 de septiembre de este año, funcionarios, candidatos, políticos, periodistas y cualquier ciudadano que haya ejercido violencia política por razones de género estará en el Registro. Aunque la lista no conlleva por sí sola una sanción más allá de la publicidad de los nombres, existe el antecedente de que en 2018 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas a dos alcaldes que habían sido sancionados por ejercer violencia política de género.

Su creación parte de una sentencia del TEPJF tras analizar el caso de la regidora Nallely Ortiz, del ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, quien acusó al alcalde Dante Montaño de haberla agredido por medio de violencia política en razón de género.

La resolución del órgano colegiado determinó que todas las personas que hayan sido sancionadas por una autoridad competente por esta falta, deben estar en una lista pública sin posibilidad de apelación.

La información que alimentará el Registro será proporcionada por las autoridades electorales (Organismos Públicos Locales Electorales, tribunales electorales locales, el TEPJF y el mismo INE).





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Un presidente municipal y un exalcalde inauguraron el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

A través de su página web, el Instituto Nacional Electoral (INE) abrió a la ciudadanía dicha lista, en la que por ahora figuran los nombres de José Alejandro Ochoa Valencia, expresidente municipal de Colón, Querétaro; y de Felipe Mora Hernández, alcalde de Calakmul, Campeche, que cometieron violencia política a mujeres.

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Se entiende por violencia política por razones de género a todas las acciones, incluida la omisión y tolerancia, que limite o anule el acceso de las mujeres a sus derechos político-electorales (como puede ser una candidatura) o le impida realizar su labor como funcionaria pública por el simple hecho de ser mujer.

La plataforma, que concentra y organiza el listado de personas sancionadas, detalla que Ochoa Valencia estará inscrito en la lista por cuatro años.

Ello tras una denuncia promovida por una diputada local del Distrito XI, donde expuso que el edil difundió mensajes en sus redes sociales haciendo alusión a su persona para denostar y descalificar su trabajo como legisladora.

El Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) resolvió que, en efecto, Ochoa Valencia había ejercido violencia en razón de género contra la diputada, por lo que le ordenó que se abstuviera de realizar actos y difusiones en redes sociales y medios de comunicación que tuvieran el objeto de “molestar o causar un daño” para obstaculizar el trabajo de la legisladora panista.

En el caso de Mora Hernández, el alcalde incurrió en violencia política de género contra una síndica jurídica de Morena, por lo que el Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) resolvió que el edil debía ofrecer una disculpa a la agraviada y ser inscrito en la lista de sancionados.

El Registro tiene por objeto compilar, sistematizar y, en su caso, hacer del conocimiento público la información relacionada con las personas que han sido sancionadasINE

“Inscríbase al ciudadano Luis Felipe Mora Hernández, en el registro de personas que hayan sido sancionadas por violencia política en razón de género, por la temporalidad de cuatro meses”, se lee en la resolución del órgano electoral.

A partir del 7 de septiembre de este año, funcionarios, candidatos, políticos, periodistas y cualquier ciudadano que haya ejercido violencia política por razones de género estará en el Registro. Aunque la lista no conlleva por sí sola una sanción más allá de la publicidad de los nombres, existe el antecedente de que en 2018 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas a dos alcaldes que habían sido sancionados por ejercer violencia política de género.

Su creación parte de una sentencia del TEPJF tras analizar el caso de la regidora Nallely Ortiz, del ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, quien acusó al alcalde Dante Montaño de haberla agredido por medio de violencia política en razón de género.

La resolución del órgano colegiado determinó que todas las personas que hayan sido sancionadas por una autoridad competente por esta falta, deben estar en una lista pública sin posibilidad de apelación.

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