Torreón, Coahuila. - Como una alternativa para que quienes por alguna razón pierden su trabajo puedan seguir acumulando semanas de cotización y recursos en su cuenta individual, y de esa manera conservar el derecho a sus seguros de invalidez y de vida, lo mismo que al de aspirar a futuro al retiro por cesantía en edad avanzada y vejez, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Coahuila promueve la modalidad identificada como Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio.
Se trata de un esquema al cual puede accederse de manera voluntaria, para lo cual el interesado establece el monto de las cuotas correspondientes, y se debe pagar cada mes con la salvedad de que el salario base de cotización no puede ser menor a aquel con el que se estaba inscrito en la fecha de la baja de su último empleo, de acuerdo con lo informado por el jefe de supervisión de Afiliación y Vigencia del instituto a nivel estatal, Jorge Alberto Ocampo Hidalgo.
“Esta modalidad la pueden contratar las personas amparadas por la Ley del Seguro Social de 1973, o bien, quienes están sujetos a la ley vigente siempre y cuando hayan cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años y no haya pasado el mismo periodo de la fecha de su baja ante el IMSS”, precisó el funcionario.
Refiere que quienes cumplan dichos requisitos pueden adherirse a este esquema para acumular semanas cotizadas y en el futuro -cuando se tenga la edad estipulada-, tener derecho a una pensión, siempre y cuando se reúnan además las condiciones que establece la Ley del IMSS.
Adicionalmente, Ocampo Hidalgo sugiere generar la Constancia de Semanas Cotizadas ante el IMSS, ya sea en el portal web www.imss.gob.mx o en la aplicación para dispositivos móviles, ya que en ella además de revisar el historial de periodos cotizados, se proporciona la información del último patrón y el salario con que se encontraba registrado el trabajador.
El trámite de incorporación a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio puede realizarse en las subdelegaciones del Seguro Social o en línea. Para ambos es necesario contar con Clave Única de Registro de Población (CURP), cuenta de correo electrónico, Número de Seguridad Social (NSS), entre otros requisitos que se pueden consultar en la liga http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02007.