/ viernes 17 de abril de 2020

[VIDEO] Doctor de la clínica 46 del IMSS se ampara para no atender pacientes con Covid-19

Irá a su casa y con sueldo

Gómez Palacio, Durango. - El juez cuarto de Distrito en la Laguna, Salvador Flores Martínez, otorgó una suspensión de plano en favor del médico internista Luis Enrique Garay Vázquez, adscrito a la clínica Número 46 del Instituto Mexicano del Seguro Social con sede en la ciudad de Gómez Palacio Durango, la cual fue declarada por el IMSS como Hospital para la atención de pacientes de Covid-19

El amparo lo promovió contra actos del delegado del IMSS, así como del director del Hospital General de Zona Número 46 de dicho instituto, así como, del jefe de departamento de personal y recursos humanos del mismo, y al jefe de servicios de medicina interna adscrito a dicha clínica.

En síntesis, el médico, con este amparo, logra no atender a pacientes infectados por el Covid-19 ni a otros enfermos, y por lo tanto, se va a su casa a descansar con goce de sueldo.

Los efectos de la suspensión otorgada en favor del médico, son los que concede la suspensión de oficio y de plano para que las autoridades responsables ya señaladas no obliguen al quejoso a laborar o prestar sus servicios como médico internista en dicha clínica y en ninguna otra que se haya destinado para la atención de asuntos relacionados con el virus Covid-19, esto durante el periodo de la contingencia sanitaria decretada por las autoridades federales competentes en materia de salud.

"Lo anterior, a fin de no poner en riesgo su vida y además de que no se afecten sus derechos laborales", dijo su abogado José Lorenzo Natera.

La suspensión otorgada, encuentra sustento en el hecho de que el Consejo de Salubridad General en sesión extraordinaria celebrada el 19 de marzo del 2020, acordó que se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARC-COV2 (Covid-19) como una enfermedad grave de atención prioritaria y en la cual se tomaron las medidas necesarias para el control y prevención de la epidemia, entre los cuales se estableció, que los sectores públicos, privados y sociales deben de poner en práctica, entre otros, la de evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento y en su caso y a manera de permiso, con goce de sueldo, gozarán de su salario y de más prestaciones establecidas en la normatividad vigente.

En el caso del doctor Garay, se justificó ante el juez de Distrito, que se encuentra dentro de los grupos vulnerables, pues actualmente padece la enfermedad de diabetes mellitus tipo 2 y las autoridades del seguro social se negaban a otorgarle la licencia médica con goce de sueldo, razón por la cual, se vio en la necesidad de acudir a un juez de distrito por conducto del despacho Jurídico Natera & Asociados, del cual es titular José Lorenzo Natera.

En la propia suspensión de plano, ordena el señor juez de Distrito, que tienen las autoridades responsables, 24 horas para dar cumplimiento a la suspensión, (lo cual ya ocurrió el día 16 de abril del 2020 ya que, le fue notificado al doctor Garay por las responsables, que en cumplimiento a la suspensión que le fue otorgada se le concede la licencia por todo el tiempo que dure la pandemia con goce de sueldo).

Con lo anterior, se sienta un precedente ya que prácticamente el juez de Distrito con la suspensión otorgada, salva la vida del doctor, puesto que se le pretendía obligar a atender casos de Covid-19, y de sufrir el contagio, iba a muerte segura, razón por la cual se considera de gran trascendencia lo ordenado por el juez cuarto de Distrito en la Laguna, Salvador Flores Martínez.

Gómez Palacio, Durango. - El juez cuarto de Distrito en la Laguna, Salvador Flores Martínez, otorgó una suspensión de plano en favor del médico internista Luis Enrique Garay Vázquez, adscrito a la clínica Número 46 del Instituto Mexicano del Seguro Social con sede en la ciudad de Gómez Palacio Durango, la cual fue declarada por el IMSS como Hospital para la atención de pacientes de Covid-19

El amparo lo promovió contra actos del delegado del IMSS, así como del director del Hospital General de Zona Número 46 de dicho instituto, así como, del jefe de departamento de personal y recursos humanos del mismo, y al jefe de servicios de medicina interna adscrito a dicha clínica.

En síntesis, el médico, con este amparo, logra no atender a pacientes infectados por el Covid-19 ni a otros enfermos, y por lo tanto, se va a su casa a descansar con goce de sueldo.

Los efectos de la suspensión otorgada en favor del médico, son los que concede la suspensión de oficio y de plano para que las autoridades responsables ya señaladas no obliguen al quejoso a laborar o prestar sus servicios como médico internista en dicha clínica y en ninguna otra que se haya destinado para la atención de asuntos relacionados con el virus Covid-19, esto durante el periodo de la contingencia sanitaria decretada por las autoridades federales competentes en materia de salud.

"Lo anterior, a fin de no poner en riesgo su vida y además de que no se afecten sus derechos laborales", dijo su abogado José Lorenzo Natera.

La suspensión otorgada, encuentra sustento en el hecho de que el Consejo de Salubridad General en sesión extraordinaria celebrada el 19 de marzo del 2020, acordó que se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARC-COV2 (Covid-19) como una enfermedad grave de atención prioritaria y en la cual se tomaron las medidas necesarias para el control y prevención de la epidemia, entre los cuales se estableció, que los sectores públicos, privados y sociales deben de poner en práctica, entre otros, la de evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento y en su caso y a manera de permiso, con goce de sueldo, gozarán de su salario y de más prestaciones establecidas en la normatividad vigente.

En el caso del doctor Garay, se justificó ante el juez de Distrito, que se encuentra dentro de los grupos vulnerables, pues actualmente padece la enfermedad de diabetes mellitus tipo 2 y las autoridades del seguro social se negaban a otorgarle la licencia médica con goce de sueldo, razón por la cual, se vio en la necesidad de acudir a un juez de distrito por conducto del despacho Jurídico Natera & Asociados, del cual es titular José Lorenzo Natera.

En la propia suspensión de plano, ordena el señor juez de Distrito, que tienen las autoridades responsables, 24 horas para dar cumplimiento a la suspensión, (lo cual ya ocurrió el día 16 de abril del 2020 ya que, le fue notificado al doctor Garay por las responsables, que en cumplimiento a la suspensión que le fue otorgada se le concede la licencia por todo el tiempo que dure la pandemia con goce de sueldo).

Con lo anterior, se sienta un precedente ya que prácticamente el juez de Distrito con la suspensión otorgada, salva la vida del doctor, puesto que se le pretendía obligar a atender casos de Covid-19, y de sufrir el contagio, iba a muerte segura, razón por la cual se considera de gran trascendencia lo ordenado por el juez cuarto de Distrito en la Laguna, Salvador Flores Martínez.

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