/ miércoles 6 de abril de 2022

Es legal retiro de propaganda: Ayuntamiento de Gómez Palacio explica porqué

El retiro de la propagada electoral es legal cuando se incumple la normatividad municipal

El retiro de la propagada electoral es legal cuando se incumple la normatividad municipal, pero principalmente debido a que se pone en riesgo a la población en caso de accidente, se informó en la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.

Se detalló que incluso, incumplir con el Reglamento de Anuncios para el Municipio de Gómez Palacio puede ser sancionado con la clausura del anuncio, cancelación de la licencia o retiro del anuncio y multa que va de 100 a 200 salarios mínimos vigentes en la región.

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Respecto a algunos pendones que les llaman tipo “vela” de algún candidato, en la dependencia se refirió que se tienen reportes de hace tres días, que debido a los fuertes vientos podrían ocasionar hasta un accidente mortal en los cruceros con el bulevar Ejército Mexicano donde estaban colocados.

Por tal motivo, se procedió a la revisión de la documentación en las dependencias municipales, para verificar si existían los permisos y todo estaba en regla, por lo que tampoco se podía emitir una notificación previa del riesgo para la población.

Durante la revisión se confirmó que no existe un solo trámite de solicitud de permisos ni pago de derechos, por lo que se procedió al retiro de esa propaganda a la vez que se estaba realizando previamente la regularización de los llamados anuncios espectaculares, sobre los cuales tampoco existe una relación o padrón de propietarios.

Finalmente, se precisó que es obligación de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano observar el mencionado Reglamento, con el objeto de regular la emisión, fijación, instalación, colocación, conservación, ubicación, características, requisitos, distribución y retiro de anuncios en la vía pública, así como aplicar los procedimientos y lineamientos correspondientes en materia de anuncios u todo lo relacionado con publicidad mediante imágenes, textos, logos y pantallas digitales, entre otros.

El retiro de la propagada electoral es legal cuando se incumple la normatividad municipal, pero principalmente debido a que se pone en riesgo a la población en caso de accidente, se informó en la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.

Se detalló que incluso, incumplir con el Reglamento de Anuncios para el Municipio de Gómez Palacio puede ser sancionado con la clausura del anuncio, cancelación de la licencia o retiro del anuncio y multa que va de 100 a 200 salarios mínimos vigentes en la región.

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Respecto a algunos pendones que les llaman tipo “vela” de algún candidato, en la dependencia se refirió que se tienen reportes de hace tres días, que debido a los fuertes vientos podrían ocasionar hasta un accidente mortal en los cruceros con el bulevar Ejército Mexicano donde estaban colocados.

Por tal motivo, se procedió a la revisión de la documentación en las dependencias municipales, para verificar si existían los permisos y todo estaba en regla, por lo que tampoco se podía emitir una notificación previa del riesgo para la población.

Durante la revisión se confirmó que no existe un solo trámite de solicitud de permisos ni pago de derechos, por lo que se procedió al retiro de esa propaganda a la vez que se estaba realizando previamente la regularización de los llamados anuncios espectaculares, sobre los cuales tampoco existe una relación o padrón de propietarios.

Finalmente, se precisó que es obligación de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano observar el mencionado Reglamento, con el objeto de regular la emisión, fijación, instalación, colocación, conservación, ubicación, características, requisitos, distribución y retiro de anuncios en la vía pública, así como aplicar los procedimientos y lineamientos correspondientes en materia de anuncios u todo lo relacionado con publicidad mediante imágenes, textos, logos y pantallas digitales, entre otros.

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