/ miércoles 1 de julio de 2020

Castigarán la manipulación en menores para generar rechazo hacia padres

La propuesta fue aprobada por el congreso del estado

Coahuila. – El Congreso del Estado de Coahuila aprobó ayer reformas al artículo 251 del Código Penal del Estado, referido al concepto de violencia familiar, el cual será ampliado buscando una óptima protección hacia los menores de edad, enfatizando que se castigará con 60 mil pesos hasta con tres años de libertad supervisada a quien manipule a un menor generando rechazo hacia uno de los padres.

Nuestra propuesta encuentra que al investigar los alcances de los que se entiende por alienación parental, dicha figura se limita a los progenitores o padres del menor, al accionar infundiendo odio de parte de un padre hacia el otro. Pero, creemos que desde tal punto de vista es limitada, ya que el infundir odio hacia uno de los padres, no solo puede hacerlo el otro progenitor, sino terceras personas, como los abuelos, los tíos, hermanos mayores”, señaló el diputado Gerardo Aguado, autor de la propuesta inicial.

Con la aprobación por unanimidad, se extenderán los alcances para castigar la violencia familiar y se establecen sanciones de libertad supervisada y multa a cualquier persona que manipule a un menor para generar odio hacia alguno de sus padres o hacia ambos.

“Se aplicarán de seis meses a tres años de libertad supervisada y multa de 100 a 500 días multa a las personas que manipulen de forma reiterada a un menor de edad para generarle odio, rencor, rechazo o distanciamiento de algunos de sus progenitores o de ambos”, se aprobó agregar al artículo 251 del Código Penal del Estado.

La reiteración de la manipulación se entenderá como la acción constante y frecuente de parte del sujeto activo del delito en perjuicio de los intereses del menor y del progenitor o familiar afectado; en su caso, procederá además la perdida de los derechos de patria potestad, guarda y custodia, cuando el sujeto activo sea el titular de los mismos.

Coahuila. – El Congreso del Estado de Coahuila aprobó ayer reformas al artículo 251 del Código Penal del Estado, referido al concepto de violencia familiar, el cual será ampliado buscando una óptima protección hacia los menores de edad, enfatizando que se castigará con 60 mil pesos hasta con tres años de libertad supervisada a quien manipule a un menor generando rechazo hacia uno de los padres.

Nuestra propuesta encuentra que al investigar los alcances de los que se entiende por alienación parental, dicha figura se limita a los progenitores o padres del menor, al accionar infundiendo odio de parte de un padre hacia el otro. Pero, creemos que desde tal punto de vista es limitada, ya que el infundir odio hacia uno de los padres, no solo puede hacerlo el otro progenitor, sino terceras personas, como los abuelos, los tíos, hermanos mayores”, señaló el diputado Gerardo Aguado, autor de la propuesta inicial.

Con la aprobación por unanimidad, se extenderán los alcances para castigar la violencia familiar y se establecen sanciones de libertad supervisada y multa a cualquier persona que manipule a un menor para generar odio hacia alguno de sus padres o hacia ambos.

“Se aplicarán de seis meses a tres años de libertad supervisada y multa de 100 a 500 días multa a las personas que manipulen de forma reiterada a un menor de edad para generarle odio, rencor, rechazo o distanciamiento de algunos de sus progenitores o de ambos”, se aprobó agregar al artículo 251 del Código Penal del Estado.

La reiteración de la manipulación se entenderá como la acción constante y frecuente de parte del sujeto activo del delito en perjuicio de los intereses del menor y del progenitor o familiar afectado; en su caso, procederá además la perdida de los derechos de patria potestad, guarda y custodia, cuando el sujeto activo sea el titular de los mismos.

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