/ lunes 9 de agosto de 2021

Tengo una deuda, ¿cómo trato con el despacho de cobranza?

Los despachos de cobranza tienen reglas qué seguir por Condusef al momento de 'perseguir' a los deudores

Tener una deuda puede convertirse en la peor pesadilla para las personas, sobre todo cuando un despacho de cobranza actúa como intermediario entre la entidad financiera crediticia, pues estas intervienen extrajudicialmente para conseguir el pago a través negociaciones, reestructuración de créditos, préstamos o financiamientos.

¿Qué es un despacho de cobranza?

Los despachos de cobranza realizan acciones extrajudiciales para conseguir el dinero de los morosos. / Foto: Archivo | OEM

Los despachos de cobranza son personas físicas o morales, terceros o representantes que llevan a cabo un conjunto de acciones, fuera de todo procedimiento judicial, para recuperar la cantidad de dinero de un moroso.

Estas oficinas deben ser supervisadas, según el acuerdo A/002/2015, sobre su adecuada y legal forma de actuar por las entidades comerciales que son sus propietarias, por ejemplo: la tienda departamental o de autoservicio a la que se debe, como Coppel o Elektra.

Sin embargo, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) está también obligada a vigilar el desempeño de los despachos de cobranza, motivo por el cual cuenta con el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), un sistema que contiene toda la información sobre estos entes con el fin de evitar abusos o fraudes.

¿Qué deben hacer los despachos de cobranza?

El despacho de cobranza está obligado a realizar convenios por escrito. / Foto: Pixabay

Según la Condusef, los despachos de cobranza están obligados a seguir unas reglas, entre las que se hallan:

  • Identificarse, con el fin de que el deudor conozca la razón social, dirección, número telefónico, nombre de las personas responsables de la cobranza y el motivo de la llamada o visita.
  • Respetar al cliente que debe dinero, es decir, seguir el Código de Ética con el que deben de contar para realizar acciones de forma respetuosa y amable.
  • Elaborar convenios por escrito, por lo que cualquier trabajador que realice la tarea de cobranza debe ofrecer al deudor un acuerdo por escrito, del cual también podrá disponer el perseguido.
  • Señalar el importe a pagar, desglosando el monto principal con todo e intereses ordinarios y moratorios, así como la cuenta de la entidad financiera a la que se puede realizar el pago.

¿Qué no pueden hacer los despachos de cobranza?

Los despachos de cobranza deben llamar a ciertas horas. / Foto: Archivo | OEM

Hay una lista de malas prácticas o, mejor dicho, de lo que no pueden hacer los despachos de cobranza elaborada por la Condusef, que menciona explícitamente que se debe evitar:

  • Realizar llamadas a deshoras, o sea, antes de las 7:00 horas o más allá de las 10 de la noche.
  • Cobrar a quien no debe, razón por la cual debe especificarse con claridad el adeudo al que está sujeto el titular del crédito, préstamo o financiamiento.
  • Simular demandas, en otros términos, no puede amenazarse con acciones legales, como retiro de bienes o incluso cárcel, que no se han emprendido al deudor.
  • Hacerse pasar por quienes no son, esto puesto que hay agentes de cobranza que fingen ser representantes de juzgados o instituciones financieras.

Como posibles deudores, es importante conocer qué son los despachos de cobranza y cuáles son las prácticas que pueden llevar a cabo o en su caso poder realizar la queja correspondiente ante la autoridad: la Condusef.

Tener una deuda puede convertirse en la peor pesadilla para las personas, sobre todo cuando un despacho de cobranza actúa como intermediario entre la entidad financiera crediticia, pues estas intervienen extrajudicialmente para conseguir el pago a través negociaciones, reestructuración de créditos, préstamos o financiamientos.

¿Qué es un despacho de cobranza?

Los despachos de cobranza realizan acciones extrajudiciales para conseguir el dinero de los morosos. / Foto: Archivo | OEM

Los despachos de cobranza son personas físicas o morales, terceros o representantes que llevan a cabo un conjunto de acciones, fuera de todo procedimiento judicial, para recuperar la cantidad de dinero de un moroso.

Estas oficinas deben ser supervisadas, según el acuerdo A/002/2015, sobre su adecuada y legal forma de actuar por las entidades comerciales que son sus propietarias, por ejemplo: la tienda departamental o de autoservicio a la que se debe, como Coppel o Elektra.

Sin embargo, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) está también obligada a vigilar el desempeño de los despachos de cobranza, motivo por el cual cuenta con el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), un sistema que contiene toda la información sobre estos entes con el fin de evitar abusos o fraudes.

¿Qué deben hacer los despachos de cobranza?

El despacho de cobranza está obligado a realizar convenios por escrito. / Foto: Pixabay

Según la Condusef, los despachos de cobranza están obligados a seguir unas reglas, entre las que se hallan:

  • Identificarse, con el fin de que el deudor conozca la razón social, dirección, número telefónico, nombre de las personas responsables de la cobranza y el motivo de la llamada o visita.
  • Respetar al cliente que debe dinero, es decir, seguir el Código de Ética con el que deben de contar para realizar acciones de forma respetuosa y amable.
  • Elaborar convenios por escrito, por lo que cualquier trabajador que realice la tarea de cobranza debe ofrecer al deudor un acuerdo por escrito, del cual también podrá disponer el perseguido.
  • Señalar el importe a pagar, desglosando el monto principal con todo e intereses ordinarios y moratorios, así como la cuenta de la entidad financiera a la que se puede realizar el pago.

¿Qué no pueden hacer los despachos de cobranza?

Los despachos de cobranza deben llamar a ciertas horas. / Foto: Archivo | OEM

Hay una lista de malas prácticas o, mejor dicho, de lo que no pueden hacer los despachos de cobranza elaborada por la Condusef, que menciona explícitamente que se debe evitar:

  • Realizar llamadas a deshoras, o sea, antes de las 7:00 horas o más allá de las 10 de la noche.
  • Cobrar a quien no debe, razón por la cual debe especificarse con claridad el adeudo al que está sujeto el titular del crédito, préstamo o financiamiento.
  • Simular demandas, en otros términos, no puede amenazarse con acciones legales, como retiro de bienes o incluso cárcel, que no se han emprendido al deudor.
  • Hacerse pasar por quienes no son, esto puesto que hay agentes de cobranza que fingen ser representantes de juzgados o instituciones financieras.

Como posibles deudores, es importante conocer qué son los despachos de cobranza y cuáles son las prácticas que pueden llevar a cabo o en su caso poder realizar la queja correspondiente ante la autoridad: la Condusef.

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