El siguiente lunes 1 de febrero será el primer día inhábil de este año. Esto pues, como lo dicta la ley, el día de descanso correspondiente al Día de la Constitución, el 5 de febrero, se recorre.
Consecuencia de lo anterior, alumnos de educación básica, así como algunos de media superior y superior, no tendrán clases; además, algunos trabajadores van a tener la oportunidad de descansar.
En caso de que tu patrón te haga laborar, debes tomar en cuenta que este día se te debe pagar al triple, pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo se debe cubrir el salario del día normal más el doble.
En otras palabras, en caso de que ganes 200 pesos al día, tu empleador deberá pagarte 600 pesos en esta ocasión, lo que se debe ver reflejado en tu siguiente día de pago, sea cual sea este.
En caso contrario, puedes llegar a un acuerdo con él o ella o en determinado caso acudir ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Después de este día inhábil, los días festivos oficiales de este 2021 serán:
- Lunes 15 de marzo (natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo)
- Sábado 1 de mayo (Día del Trabajo)
- Jueves 16 de septiembre (Día de la Independencia)
- Lunes 15 de noviembre (por el Día de la Revolución el 20 de noviembre)
- Sábado 25 de diciembre (Navidad)