/ domingo 4 de abril de 2021

Prisión y efectos psicológicos

El ingreso a una prisión, que tiene como finalidad la reeducación y la reinserción social de quien comete un delito, es una de las experiencias más traumáticas que pueden existir para cualquier ser humano, independientemente de que la persona que cumplirá una pena privativa de su libertad sea culpable o no.

Esta experiencia viene acompañada de dificultades con la pareja, la disminución de ingresos para el sostén de la familia, el comunicar a los hijos el porqué de la detención, el ambiente hostil de la prisión, las precarias condiciones de salubridad de la cárcel, las características del centro penitenciario, las normas rígidas a las que el convicto no está acostumbrado, el convivir con presos peligrosos, los síntomas de ansiedad que produce el esfuerzo de adaptación por parte de los internos, el aislamiento afectivo, la falta de intimidad, así como otras situaciones que dificultan la estancia del reo en prisión, entre las que podríamos incluir también el nerviosismo que los contagios de Covid-19 han producido entre la población reclusa.

Para reducir las consecuencias psicológicas de estar encarcelado y en privación de la libertad, es necesaria la puesta en marcha de programas que contemplen acciones de ocio que ayuden a los reos a no caer en la desesperación y, por otro lado, prepararlos para su resocialización y futura reincorporación al mundo laboral.

Esto último es sumamente importante, pero es a lo que menos importancia se le ha dado en los últimos tiempos. Algunos consideran que este olvido se debe a que es precario el rédito político, es decir, la población reclusa no aporta apoyo en votos a candidatos y partidos políticos, de ahí el porqué de la ausencia de iniciativas de ley pensadas en la rehabilitación de los internos.

Algunas instituciones penitenciarias, cuyos directivos son conscientes del peligro que representa el avance de la tensión emocional dentro del ambiente carcelario, han permitido que con cierta periodicidad se impartan talleres y terapias que ayuden a la salud mental de los internos, un tema que, insisto, merece más atención por parte de los poderes públicos.

El problema es que no todos los centros penitenciarios del país tienen este tipo de programas, lo que habla del escaso interés en la reinserción de los exconvictos, que como seres humanos tienen derecho a una segunda oportunidad. La persistencia de este desinterés, que en algunos casos se convierte en un lamentable abandono, puede tener costos altos, tanto sociales, políticos y económicos, pues en muchos de los casos abona a la reincidencia delincuencial y a las probabilidades de que, ya en libertad, los exconvictos reincidentes sigan siendo un dolor de cabeza para la sociedad.

Para evitar este tipo de situaciones, es necesario trabajar más y mejor en el diseño de cárceles para la rehabilitación, no sólo para incapacitar a los reclusos, como lamentablemente ha sucedido hasta ahora. Atender de manera especializada la salud mental de los internos puede ayudar a que éstos logren superar sus trastornos psicológicos -en caso de haberlos- y a recuperar el control de sus emociones y, en consecuencia, de sus vidas.

Se trata, al fin de cuentas, de un derecho humano consagrado en el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual establece “que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”. Este tratado internacional, conocido también como Pacto de San José, añade en el mismo numeral: “Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.

En ese mismo sentido, el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos dispone: “Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. Respecto al régimen penitenciario, el tratado en cuestión explica en el mismo artículo que “consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados”.

Más allá de los costos económicos, los Estados están obligados a realizar un mayor esfuerzo que el efectuado hasta ahora, realizando acciones para que en las cárceles del país haya médicos especializados que se encarguen de los problemas de conducta y salud mental de los internos. El objetivo es lograr que los reos gocen de buena salud mental, lo que se reflejará en su plena rehabilitación, así como a la futura reincorporación de éstos a sus círculos sociales.

Twitter: @armayacastro

El ingreso a una prisión, que tiene como finalidad la reeducación y la reinserción social de quien comete un delito, es una de las experiencias más traumáticas que pueden existir para cualquier ser humano, independientemente de que la persona que cumplirá una pena privativa de su libertad sea culpable o no.

Esta experiencia viene acompañada de dificultades con la pareja, la disminución de ingresos para el sostén de la familia, el comunicar a los hijos el porqué de la detención, el ambiente hostil de la prisión, las precarias condiciones de salubridad de la cárcel, las características del centro penitenciario, las normas rígidas a las que el convicto no está acostumbrado, el convivir con presos peligrosos, los síntomas de ansiedad que produce el esfuerzo de adaptación por parte de los internos, el aislamiento afectivo, la falta de intimidad, así como otras situaciones que dificultan la estancia del reo en prisión, entre las que podríamos incluir también el nerviosismo que los contagios de Covid-19 han producido entre la población reclusa.

Para reducir las consecuencias psicológicas de estar encarcelado y en privación de la libertad, es necesaria la puesta en marcha de programas que contemplen acciones de ocio que ayuden a los reos a no caer en la desesperación y, por otro lado, prepararlos para su resocialización y futura reincorporación al mundo laboral.

Esto último es sumamente importante, pero es a lo que menos importancia se le ha dado en los últimos tiempos. Algunos consideran que este olvido se debe a que es precario el rédito político, es decir, la población reclusa no aporta apoyo en votos a candidatos y partidos políticos, de ahí el porqué de la ausencia de iniciativas de ley pensadas en la rehabilitación de los internos.

Algunas instituciones penitenciarias, cuyos directivos son conscientes del peligro que representa el avance de la tensión emocional dentro del ambiente carcelario, han permitido que con cierta periodicidad se impartan talleres y terapias que ayuden a la salud mental de los internos, un tema que, insisto, merece más atención por parte de los poderes públicos.

El problema es que no todos los centros penitenciarios del país tienen este tipo de programas, lo que habla del escaso interés en la reinserción de los exconvictos, que como seres humanos tienen derecho a una segunda oportunidad. La persistencia de este desinterés, que en algunos casos se convierte en un lamentable abandono, puede tener costos altos, tanto sociales, políticos y económicos, pues en muchos de los casos abona a la reincidencia delincuencial y a las probabilidades de que, ya en libertad, los exconvictos reincidentes sigan siendo un dolor de cabeza para la sociedad.

Para evitar este tipo de situaciones, es necesario trabajar más y mejor en el diseño de cárceles para la rehabilitación, no sólo para incapacitar a los reclusos, como lamentablemente ha sucedido hasta ahora. Atender de manera especializada la salud mental de los internos puede ayudar a que éstos logren superar sus trastornos psicológicos -en caso de haberlos- y a recuperar el control de sus emociones y, en consecuencia, de sus vidas.

Se trata, al fin de cuentas, de un derecho humano consagrado en el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual establece “que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”. Este tratado internacional, conocido también como Pacto de San José, añade en el mismo numeral: “Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.

En ese mismo sentido, el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos dispone: “Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. Respecto al régimen penitenciario, el tratado en cuestión explica en el mismo artículo que “consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados”.

Más allá de los costos económicos, los Estados están obligados a realizar un mayor esfuerzo que el efectuado hasta ahora, realizando acciones para que en las cárceles del país haya médicos especializados que se encarguen de los problemas de conducta y salud mental de los internos. El objetivo es lograr que los reos gocen de buena salud mental, lo que se reflejará en su plena rehabilitación, así como a la futura reincorporación de éstos a sus círculos sociales.

Twitter: @armayacastro