/ domingo 28 de marzo de 2021

Presunción de inocencia en un Estado Democrático

Todos somos inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Esto dice la ley, pero hay casos en los que se impone al imputado la obligación de demostrar que no ha cometido el delito que se le atribuye, cuando el derecho de presunción de inocencia implica que el acusado no es quien debe demostrar su inocencia, sino la parte acusadora.

El principio de presunción de inocencia, que costó tantos siglos conseguir, está desapareciendo del sistema de justicia de varios países del mundo, incluso de algunos que la han elevado a rango constitucional. Es lamentable que esto ocurra en cualquier país del mundo, pero sobre todo en aquellas naciones que por mucho tiempo fueron consideradas como modelo de la democracia.

¿A qué se debe esta situación? A muchos factores, pero principalmente al hecho de que varias personas en redes sociales, y periodistas en medios de comunicación, han ido convirtiendo la presunción de inocencia en presunción de culpabilidad, condenando a las personas anticipadamente, y provocando un sinnúmero de manifestaciones de odio contra los acusados de cometer ilícitos.

Considerada como una de las grandes conquistas de la Ilustración, la presunción de inocencia, que figuró en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, se estableció para lograr juicios diferentes a los que se hicieron en la vigencia de la inquisición, donde el sospechoso era considerado culpable desde que se le señalaba como hereje, sin ningún recurso a una defensa, a un jurado, o a una corte legítima.

La presunción de inocencia supone que toda persona conserva su cualidad de inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. Este principio busca evitar juicios largos, dramáticos y costosos de personas que, siendo inocentes, son condenadas por quienes emiten juicios ligeros y apresurados en medios de comunicación, contaminando de manera irresponsable los procesos penales.

A pesar de que es ilegal privar de la libertad a una persona sin que existan pruebas presentadas y desahogadas ante un juez, en varios países del mundo esto se ha convertido en una práctica común, soslayando las leyes y los llamados que con frecuencia se hacen para no incurrir en este tipo de prácticas.

Corresponde a los fiscales y a las distintas acusaciones demostrar la culpabilidad de los imputados. Si el juez no está seguro de la culpabilidad, deberá argumentarlo en la sentencia y, por respeto a los derechos humanos del acusado, dictar un inmediato fallo absolutorio.

Lamentablemente, en varios medios de comunicación audiovisuales y escritos, los acusados son exhibidos como presuntos culpables, llegando algunos al extremo de decir: “un acusado es culpable hasta que, con mucho esfuerzo y suerte se demuestre lo contrario.” Esta expresión es, a todas luces, atentatoria de los derechos humanos de quienes enfrentan un proceso.

Afirmaciones de esta naturaleza no se pueden permitir en el sistema de justicia penal de un Estado que se precia de ser democrático, pues sería tanto como invertir la carga de la prueba. Recordemos que la carga de la prueba recae sobre la acusación y el acusado tiene el beneficio de la duda.

¿Es correcto llamar a un acusado “presunto culpable” del delito que se le imputa hasta que no medie sentencia firme? La respuesta es un no categórico. La ley, en el afán de garantizar un juicio justo y respetuoso de los derechos humanos, habla de presunción de inocencia, nunca de presunción de culpabilidad.

Esto último es una práctica constante en los medios informativos no éticos, en los que, con tal de vender, se privilegia el tono alarmista o el escándalo. El problema es que este modus operandi mediático queda casi siempre en la más vergonzosa impunidad, algo que no le hace bien a la libertad de expresión ni al derecho del público a ser debidamente informado.

Concluyo reiterando a mis lectores dos cosas que a mi juicio son de suma importancia:

Primero, la presunción debe ser siempre de inocencia, nunca de culpabilidad.

Segundo, el delito se combate persiguiendo a los delincuentes, no haciendo sospechosos a los inocentes, y mucho menos condenándolos por una simple denuncia, sospecha o rumor interesado.


Twitter: @armayacastro

Todos somos inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Esto dice la ley, pero hay casos en los que se impone al imputado la obligación de demostrar que no ha cometido el delito que se le atribuye, cuando el derecho de presunción de inocencia implica que el acusado no es quien debe demostrar su inocencia, sino la parte acusadora.

El principio de presunción de inocencia, que costó tantos siglos conseguir, está desapareciendo del sistema de justicia de varios países del mundo, incluso de algunos que la han elevado a rango constitucional. Es lamentable que esto ocurra en cualquier país del mundo, pero sobre todo en aquellas naciones que por mucho tiempo fueron consideradas como modelo de la democracia.

¿A qué se debe esta situación? A muchos factores, pero principalmente al hecho de que varias personas en redes sociales, y periodistas en medios de comunicación, han ido convirtiendo la presunción de inocencia en presunción de culpabilidad, condenando a las personas anticipadamente, y provocando un sinnúmero de manifestaciones de odio contra los acusados de cometer ilícitos.

Considerada como una de las grandes conquistas de la Ilustración, la presunción de inocencia, que figuró en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, se estableció para lograr juicios diferentes a los que se hicieron en la vigencia de la inquisición, donde el sospechoso era considerado culpable desde que se le señalaba como hereje, sin ningún recurso a una defensa, a un jurado, o a una corte legítima.

La presunción de inocencia supone que toda persona conserva su cualidad de inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. Este principio busca evitar juicios largos, dramáticos y costosos de personas que, siendo inocentes, son condenadas por quienes emiten juicios ligeros y apresurados en medios de comunicación, contaminando de manera irresponsable los procesos penales.

A pesar de que es ilegal privar de la libertad a una persona sin que existan pruebas presentadas y desahogadas ante un juez, en varios países del mundo esto se ha convertido en una práctica común, soslayando las leyes y los llamados que con frecuencia se hacen para no incurrir en este tipo de prácticas.

Corresponde a los fiscales y a las distintas acusaciones demostrar la culpabilidad de los imputados. Si el juez no está seguro de la culpabilidad, deberá argumentarlo en la sentencia y, por respeto a los derechos humanos del acusado, dictar un inmediato fallo absolutorio.

Lamentablemente, en varios medios de comunicación audiovisuales y escritos, los acusados son exhibidos como presuntos culpables, llegando algunos al extremo de decir: “un acusado es culpable hasta que, con mucho esfuerzo y suerte se demuestre lo contrario.” Esta expresión es, a todas luces, atentatoria de los derechos humanos de quienes enfrentan un proceso.

Afirmaciones de esta naturaleza no se pueden permitir en el sistema de justicia penal de un Estado que se precia de ser democrático, pues sería tanto como invertir la carga de la prueba. Recordemos que la carga de la prueba recae sobre la acusación y el acusado tiene el beneficio de la duda.

¿Es correcto llamar a un acusado “presunto culpable” del delito que se le imputa hasta que no medie sentencia firme? La respuesta es un no categórico. La ley, en el afán de garantizar un juicio justo y respetuoso de los derechos humanos, habla de presunción de inocencia, nunca de presunción de culpabilidad.

Esto último es una práctica constante en los medios informativos no éticos, en los que, con tal de vender, se privilegia el tono alarmista o el escándalo. El problema es que este modus operandi mediático queda casi siempre en la más vergonzosa impunidad, algo que no le hace bien a la libertad de expresión ni al derecho del público a ser debidamente informado.

Concluyo reiterando a mis lectores dos cosas que a mi juicio son de suma importancia:

Primero, la presunción debe ser siempre de inocencia, nunca de culpabilidad.

Segundo, el delito se combate persiguiendo a los delincuentes, no haciendo sospechosos a los inocentes, y mucho menos condenándolos por una simple denuncia, sospecha o rumor interesado.


Twitter: @armayacastro