/ domingo 9 de enero de 2022

Incidentes por intolerancia religiosa

El artículo 24 constitucional establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público (LARCP) hace lo propio en su artículo 2° al garantizar en favor del individuo el siguiente derecho: “Tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de su preferencia”.

Duele decirlo, pero en México, a pesar de los anteriores ordenamientos jurídicos, prevalece aún la práctica de la intolerancia religiosa sobre la libertad de religión.

Esto no debería de pasar en un país de leyes como el nuestro, pero lamentablemente pasa. Hace unos días, 15 evangélicos fueron encarcelados por las autoridades de San Pedro Chimaltepec, Oaxaca, por negarse a pagar la mayordomía del pasado 18 de diciembre de 2021.

Este acto de discriminación fue reprobado por la Confraternidad de Pastores del Estado de Oaxaca (Copaceo), que se pronunció en medios de comunicación en los siguientes términos: “Consideramos muy urgente la intervención de las autoridades para resolver este caso y evitar que los creyentes sean expulsados, como ya ocurrió con el pastor Brígido Domínguez”.

Preocupa lo que los denunciantes señalaron en sus declaraciones: que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) están al tanto de lo sucedido; sin embargo, hasta el momento no han intervenido. Esperemos que éste no sea un caso más de impunidad.

Tras exigir respeto a los derechos de los niños, mujeres y hombres que integran la iglesia Centro Misionero Emanuel situada en la comunidad de San Juan Mazatlán Mixe, los denunciantes añadieron: “La libertad de culto y conciencia nos asisten. En México y Oaxaca todos tenemos el derecho de proceder conforme a nuestras creencias, sin afectar a los demás”.

Porfirio Flores Zúñiga condenó la persecución religiosa en agravio de más de 20 personas, “incluidos niños, mujeres y hombres”, [que tuvieron que] abandonar esa población, del municipio de San Juan Mazatlán, en la Sierra Norte, dejar su patrimonio, parcelas, animales; “apenas les dio tiempo de llevarse una muda de ropa”, explicó el abogado de la Copaceo.

Se trata a todas luces de un acto de intolerancia religiosa, pues la mayordomía es una práctica a favor de la Iglesia católica por parte de una persona designada como mayordomo, encargado de organizar y costear económicamente una fiesta patronal, en honor de un “santo” del catolicismo.

Estará de acuerdo conmigo, estimado lector, que las autoridades de una comunidad atentan contra la libertad religiosa cuando de manera arbitraria imponen una mayordomía patronal a personas que, en el ejercicio de sus derechos, han dejado de ser católicos. El atentado es mayor cuando se sanciona con cárcel o de manera económica a las personas que se niegan a participar como mayordomos.

Otro caso de discriminación religiosa al comenzar el año 2022 ocurrió en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde la tarde-noche del 1 de agosto un sujeto se aproximó al templo de La Luz del Mundo en la colonia Independencia 1 con la intención de arrojar un artefacto incendiario al interior del santuario, en donde había varias personas, entre ellas mujeres y niños.

Tras tocar la puerta de acceso, la persona que fue a abrirle entreabrió la puerta y se percató que el sujeto llevaba en su mano una botella con gasolina, y en la otra un encendedor, pero al intentar arrojarla al interior del templo, el artefacto se impactó contra la puerta, la cual empezó a arder en llamas, así como también un vehículo propiedad del responsable del inmueble religioso.

Por la serie de consignas que el agresor lanzó contra la Iglesia La Luz del Mundo luego de ser detenido por policías municipales, queda claro que se trata de un acto vandálico motivado por el odio religioso, un inaceptable atentado a la dignidad y a los derechos de las personas.

La intolerancia de estas personas o grupos es de tal magnitud que ven a los diversos como un estorbo para la sociedad, lo que lleva a su persecución y al deseo de recluirlas (como ocurrió en el caso de Oaxaca), o a eliminarlas (como quiso hacerlo la persona que arrojó el artefacto casero contra el templo de La Luz del Mundo en Ciudad Juárez).

Es importante que en todo tiempo y circunstancia repudiemos el odio, la intolerancia y la violencia contra cualquier religión, y que hagamos lo propio con la violencia que se practica en nombre de las mayorías religiosas. Sin embargo, repudiar nunca será suficiente; se necesita la aplicación de la ley para evitar la impunidad, y lo más importante: hacer valer los derechos de las personas que profesan una religión distinta a la mayoritaria.

El artículo 24 constitucional establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público (LARCP) hace lo propio en su artículo 2° al garantizar en favor del individuo el siguiente derecho: “Tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de su preferencia”.

Duele decirlo, pero en México, a pesar de los anteriores ordenamientos jurídicos, prevalece aún la práctica de la intolerancia religiosa sobre la libertad de religión.

Esto no debería de pasar en un país de leyes como el nuestro, pero lamentablemente pasa. Hace unos días, 15 evangélicos fueron encarcelados por las autoridades de San Pedro Chimaltepec, Oaxaca, por negarse a pagar la mayordomía del pasado 18 de diciembre de 2021.

Este acto de discriminación fue reprobado por la Confraternidad de Pastores del Estado de Oaxaca (Copaceo), que se pronunció en medios de comunicación en los siguientes términos: “Consideramos muy urgente la intervención de las autoridades para resolver este caso y evitar que los creyentes sean expulsados, como ya ocurrió con el pastor Brígido Domínguez”.

Preocupa lo que los denunciantes señalaron en sus declaraciones: que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) están al tanto de lo sucedido; sin embargo, hasta el momento no han intervenido. Esperemos que éste no sea un caso más de impunidad.

Tras exigir respeto a los derechos de los niños, mujeres y hombres que integran la iglesia Centro Misionero Emanuel situada en la comunidad de San Juan Mazatlán Mixe, los denunciantes añadieron: “La libertad de culto y conciencia nos asisten. En México y Oaxaca todos tenemos el derecho de proceder conforme a nuestras creencias, sin afectar a los demás”.

Porfirio Flores Zúñiga condenó la persecución religiosa en agravio de más de 20 personas, “incluidos niños, mujeres y hombres”, [que tuvieron que] abandonar esa población, del municipio de San Juan Mazatlán, en la Sierra Norte, dejar su patrimonio, parcelas, animales; “apenas les dio tiempo de llevarse una muda de ropa”, explicó el abogado de la Copaceo.

Se trata a todas luces de un acto de intolerancia religiosa, pues la mayordomía es una práctica a favor de la Iglesia católica por parte de una persona designada como mayordomo, encargado de organizar y costear económicamente una fiesta patronal, en honor de un “santo” del catolicismo.

Estará de acuerdo conmigo, estimado lector, que las autoridades de una comunidad atentan contra la libertad religiosa cuando de manera arbitraria imponen una mayordomía patronal a personas que, en el ejercicio de sus derechos, han dejado de ser católicos. El atentado es mayor cuando se sanciona con cárcel o de manera económica a las personas que se niegan a participar como mayordomos.

Otro caso de discriminación religiosa al comenzar el año 2022 ocurrió en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde la tarde-noche del 1 de agosto un sujeto se aproximó al templo de La Luz del Mundo en la colonia Independencia 1 con la intención de arrojar un artefacto incendiario al interior del santuario, en donde había varias personas, entre ellas mujeres y niños.

Tras tocar la puerta de acceso, la persona que fue a abrirle entreabrió la puerta y se percató que el sujeto llevaba en su mano una botella con gasolina, y en la otra un encendedor, pero al intentar arrojarla al interior del templo, el artefacto se impactó contra la puerta, la cual empezó a arder en llamas, así como también un vehículo propiedad del responsable del inmueble religioso.

Por la serie de consignas que el agresor lanzó contra la Iglesia La Luz del Mundo luego de ser detenido por policías municipales, queda claro que se trata de un acto vandálico motivado por el odio religioso, un inaceptable atentado a la dignidad y a los derechos de las personas.

La intolerancia de estas personas o grupos es de tal magnitud que ven a los diversos como un estorbo para la sociedad, lo que lleva a su persecución y al deseo de recluirlas (como ocurrió en el caso de Oaxaca), o a eliminarlas (como quiso hacerlo la persona que arrojó el artefacto casero contra el templo de La Luz del Mundo en Ciudad Juárez).

Es importante que en todo tiempo y circunstancia repudiemos el odio, la intolerancia y la violencia contra cualquier religión, y que hagamos lo propio con la violencia que se practica en nombre de las mayorías religiosas. Sin embargo, repudiar nunca será suficiente; se necesita la aplicación de la ley para evitar la impunidad, y lo más importante: hacer valer los derechos de las personas que profesan una religión distinta a la mayoritaria.