/ miércoles 12 de diciembre de 2018

División de Poderes

En las democracias, la división de poderes existe como un mecanismo garantizado de control; nadie puede ejercer un poder absoluto o injusto, y por eso, los otros dos poderes existen para ejercer un contrapeso que garantice un uso mesurado de las facultades y funciones de la ley.

Entendiendo eso, hay que entender que la correlación de los poderes en nuestro país es un concepto que ha evolucionado conforme a su realidad democrática y popular, y podemos interpretar cuando menos, 3 momentos de la historia moderna.

1.- Durante los tiempos del partido hegemónico, la división de poderes existía de una manera anecdótica; los poderes se ejercían siempre que no se empantanaran entre sí o, mucho menos, entorpecieran al Poder Ejecutivo. Durante esa época, el Poder Ejecutivo realmente era el “poder de poderes”, y el Legislativo lo seguía en absoluto, hasta que lograron hacerse de lugares en el Congreso las y los militantes de la oposición.

2.- Durante la primera alternancia, el Poder Legislativo principalmente se entendió así mismo como un auténtico poder legítimo, funcionando como un absoluto contrapeso al Ejecutivo. La construcción de acuerdos sustituyó la imposición, y en algunos casos, logró instituirse como el Poder del consenso. Respecto al Poder Judicial, el paradigma de los derechos humanos le abrió las puertas a emitir cada vez más Jurisprudencia, así como a regular actuaciones desde un nuevo punto de vista, tanto de particulares como del gobierno.

3.- El momento actual en el que los Poderes Ejecutivo y Legislativo parecen estar en una nueva sintonía, producto de la mayoría atronadora del Partido en el Poder. Este momento parece tomar de los previos; existen elementos de la oposición en las Cámaras, y hacen uso basto de sus derechos, pero al mismo tiempo, existe una mayoría de legisladores de MORENA, quienes tienen cada uno su agenda personal, pero se alinean absolutamente a la agenda del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

En este momento, que apenas inicia, los poderes deberán de reencontrarse así mismos. El Legislativo efectivamente tiene una mayoría del Partido marrón, pero no debe de permitir que sus funciones le sean arrebatadas. En próximos días se discutirán el presupuesto de egresos y la ley de ingresos, funciones estrictamente legislativas, por lo que debe de ejercer su facultad la Cámara de Diputados para que éste no sea solo un mandato presidencial, sino un ejercicio representativo y democrático.

El Poder Judicial tiene ante sí un nuevo reto también: Por un lado, los Poderes Ejecutivo y Legislativo han manifestado que buscan reducir los muy elevados sueldos de los Magistrados y Ministros, y, por el otro, el personal Judicial considera que esto puede ser una afrenta a su autonomía y su autodeterminación. Este escenario habrá de ser un referente entre el equilibrio de poderes y la delimitación de funciones de cada uno, y a esto, amigas y amigos, me gustaría cerrar esta columna con unas preguntas a la reflexión:

¿Es propio que los Ministros (11) y los Magistrados (213) tengan un sueldo superior al del Presidente de la República?

¿Constituye la modificación salarial, una afrenta a la autonomía del Poder Judicial?

En las democracias, la división de poderes existe como un mecanismo garantizado de control; nadie puede ejercer un poder absoluto o injusto, y por eso, los otros dos poderes existen para ejercer un contrapeso que garantice un uso mesurado de las facultades y funciones de la ley.

Entendiendo eso, hay que entender que la correlación de los poderes en nuestro país es un concepto que ha evolucionado conforme a su realidad democrática y popular, y podemos interpretar cuando menos, 3 momentos de la historia moderna.

1.- Durante los tiempos del partido hegemónico, la división de poderes existía de una manera anecdótica; los poderes se ejercían siempre que no se empantanaran entre sí o, mucho menos, entorpecieran al Poder Ejecutivo. Durante esa época, el Poder Ejecutivo realmente era el “poder de poderes”, y el Legislativo lo seguía en absoluto, hasta que lograron hacerse de lugares en el Congreso las y los militantes de la oposición.

2.- Durante la primera alternancia, el Poder Legislativo principalmente se entendió así mismo como un auténtico poder legítimo, funcionando como un absoluto contrapeso al Ejecutivo. La construcción de acuerdos sustituyó la imposición, y en algunos casos, logró instituirse como el Poder del consenso. Respecto al Poder Judicial, el paradigma de los derechos humanos le abrió las puertas a emitir cada vez más Jurisprudencia, así como a regular actuaciones desde un nuevo punto de vista, tanto de particulares como del gobierno.

3.- El momento actual en el que los Poderes Ejecutivo y Legislativo parecen estar en una nueva sintonía, producto de la mayoría atronadora del Partido en el Poder. Este momento parece tomar de los previos; existen elementos de la oposición en las Cámaras, y hacen uso basto de sus derechos, pero al mismo tiempo, existe una mayoría de legisladores de MORENA, quienes tienen cada uno su agenda personal, pero se alinean absolutamente a la agenda del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

En este momento, que apenas inicia, los poderes deberán de reencontrarse así mismos. El Legislativo efectivamente tiene una mayoría del Partido marrón, pero no debe de permitir que sus funciones le sean arrebatadas. En próximos días se discutirán el presupuesto de egresos y la ley de ingresos, funciones estrictamente legislativas, por lo que debe de ejercer su facultad la Cámara de Diputados para que éste no sea solo un mandato presidencial, sino un ejercicio representativo y democrático.

El Poder Judicial tiene ante sí un nuevo reto también: Por un lado, los Poderes Ejecutivo y Legislativo han manifestado que buscan reducir los muy elevados sueldos de los Magistrados y Ministros, y, por el otro, el personal Judicial considera que esto puede ser una afrenta a su autonomía y su autodeterminación. Este escenario habrá de ser un referente entre el equilibrio de poderes y la delimitación de funciones de cada uno, y a esto, amigas y amigos, me gustaría cerrar esta columna con unas preguntas a la reflexión:

¿Es propio que los Ministros (11) y los Magistrados (213) tengan un sueldo superior al del Presidente de la República?

¿Constituye la modificación salarial, una afrenta a la autonomía del Poder Judicial?