/ domingo 3 de abril de 2022

Acciones en favor de la libre expresión

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) realiza desde su fundación en La Habana, en 1943, una labor importante en defensa de la libertad de expresión y de prensa a lo largo y ancho del continente americano. Lo hace en México y en los demás países de América.

Una de sus más recientes acciones en nuestro país es la condena de la SIP a la agresión lamentable en contra de dos periodistas y un fotógrafo de El Universal por parte de cinco sujetos armados en el Estado de México, “algunos de los cuales portaban chalecos con la insignia de la Policía Estatal”.

Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, se expresó así de la incalificable agresión contra los informantes de El Gran Diario Independiente de México: "Toda violencia contra la prensa debe interpretarse como una afrenta directa al derecho del público a estar informado".

Tras la declaración, Jornet pidió a los gobiernos y organizaciones civiles a repeler y tomar en serio tales agresiones, específicamente en el caso de México, un país en el que han sido asesinados ocho periodistas en lo que va de 2022.

Es importante que organizaciones como la SIP, Artículo 19, Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), Instituto Internacional de Prensa (IPI), realicen una labor constante e importante en favor de la libertad de expresión, un derecho consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos en los siguientes términos:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

La ocasión me parece oportuna para recordar lo que sobre el tema he señalado en otros espacios de opinión, recordando uno de los antecedentes de la libertad de expresión: la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el primer documento que reconoce desde el 26 de agosto de 1789 las libertades de opinión y expresión:

“La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley”, señala el artículo 11 de la citada Declaración, proclamada por los representantes del pueblo francés constituidos en Asamblea Nacional.

Las autoridades de todos los países del mundo, incluido el nuestro, deben realizar acciones en favor de la libertad de expresión, y lograr a través de ellas que el ejercicio periodístico deje de ser en México una actividad de alto riesgo. Estas acciones deben estar encaminadas a impedir la censura y las restricciones a la labor informativa de la prensa, la radio, la televisión y el ciberperiodismo.

Se trata de ir más allá del discurso oficial, de acuerdo con el cual las libertades de expresión y de prensa están garantizadas en México. En otras palabras, debemos trascender esta disertación y enfocar nuestros esfuerzos en la ejecución de medidas que coadyuven a proteger a los representantes de los medios de comunicación. El derecho de las audiencias a ser debidamente informadas lo merece.

Por otra parte, se requieren acciones en favor de esta libertad por parte de los medios de comunicación y de los periodistas, quienes tienen todo el derecho a criticar y decir lo que piensan sobre los asuntos de interés público, sin ser molestados a causa de sus opiniones e informaciones.

Opinar e informar es su derecho y debe ser respetado en todo momento por gobierno y sociedad; sin embargo, es deber de los profesionales de la información ejercer su trabajo con ética, es decir, sin sesgos, demostrando en cada uno de sus textos la veracidad de lo que difunden. Un trabajo así contribuirá no sólo a ganar audiencia, sino también credibilidad, considerada por muchos como el pilar fundamental del periodismo.

Twitter: @armayacastro

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) realiza desde su fundación en La Habana, en 1943, una labor importante en defensa de la libertad de expresión y de prensa a lo largo y ancho del continente americano. Lo hace en México y en los demás países de América.

Una de sus más recientes acciones en nuestro país es la condena de la SIP a la agresión lamentable en contra de dos periodistas y un fotógrafo de El Universal por parte de cinco sujetos armados en el Estado de México, “algunos de los cuales portaban chalecos con la insignia de la Policía Estatal”.

Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, se expresó así de la incalificable agresión contra los informantes de El Gran Diario Independiente de México: "Toda violencia contra la prensa debe interpretarse como una afrenta directa al derecho del público a estar informado".

Tras la declaración, Jornet pidió a los gobiernos y organizaciones civiles a repeler y tomar en serio tales agresiones, específicamente en el caso de México, un país en el que han sido asesinados ocho periodistas en lo que va de 2022.

Es importante que organizaciones como la SIP, Artículo 19, Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), Instituto Internacional de Prensa (IPI), realicen una labor constante e importante en favor de la libertad de expresión, un derecho consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos en los siguientes términos:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

La ocasión me parece oportuna para recordar lo que sobre el tema he señalado en otros espacios de opinión, recordando uno de los antecedentes de la libertad de expresión: la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el primer documento que reconoce desde el 26 de agosto de 1789 las libertades de opinión y expresión:

“La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley”, señala el artículo 11 de la citada Declaración, proclamada por los representantes del pueblo francés constituidos en Asamblea Nacional.

Las autoridades de todos los países del mundo, incluido el nuestro, deben realizar acciones en favor de la libertad de expresión, y lograr a través de ellas que el ejercicio periodístico deje de ser en México una actividad de alto riesgo. Estas acciones deben estar encaminadas a impedir la censura y las restricciones a la labor informativa de la prensa, la radio, la televisión y el ciberperiodismo.

Se trata de ir más allá del discurso oficial, de acuerdo con el cual las libertades de expresión y de prensa están garantizadas en México. En otras palabras, debemos trascender esta disertación y enfocar nuestros esfuerzos en la ejecución de medidas que coadyuven a proteger a los representantes de los medios de comunicación. El derecho de las audiencias a ser debidamente informadas lo merece.

Por otra parte, se requieren acciones en favor de esta libertad por parte de los medios de comunicación y de los periodistas, quienes tienen todo el derecho a criticar y decir lo que piensan sobre los asuntos de interés público, sin ser molestados a causa de sus opiniones e informaciones.

Opinar e informar es su derecho y debe ser respetado en todo momento por gobierno y sociedad; sin embargo, es deber de los profesionales de la información ejercer su trabajo con ética, es decir, sin sesgos, demostrando en cada uno de sus textos la veracidad de lo que difunden. Un trabajo así contribuirá no sólo a ganar audiencia, sino también credibilidad, considerada por muchos como el pilar fundamental del periodismo.

Twitter: @armayacastro